El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha publicado una Guía de criterios de actuación en materia de custodia compartida (SP/DOCT/106665)un documento que pretende proporcionar una herramienta práctica a la hora de tomar decisiones relativas a la custodia de los hijos menores en los procesos de separación, divorcio o ruptura de la pareja.
Bajo la coordinación de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial intervienen en ella un grupo multidisciplinar de expertos, integrado por psicólogos, trabajadores sociales, catedráticos, magistrados, fiscales y abogados de familia. Contempla, por lo tanto, varias perspectivas: psicológica, social, jurídica, todas ellas imprescindibles para valorar adecuadamente la conveniencia de este sistema de custodia para cada caso concreto. Incluye también un análisis de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales e incorpora el marco legal aplicable: internacional, estatal y autonómico. Se completa además con varios Anexos de gran interés práctico, como el plan de parentalidad, la intervención judicial en familias con alta conflictividad, los alimentos en este sistema de custodia, una guía orientativa para la realización del interrogatorio de parte, así como unas recomendaciones para practicar la audiencia del menor.
El texto reclama, entre otras cuestiones, algunos puntos importantes:
La especialización en materia de familia de órganos judiciales en primera y segunda instancia. Esta especialización, debería ir acompañada de una reforma de la planta judicial, de la creación de secciones especializadas dentro del Ministerio Fiscal y de una formación adecuada y obligatoria de todos los jueces que deban resolver procesos de familia sobre materias propias de disciplinas como la psicología o la sociología, entre otras.
La necesidad de una reforma de la ley para regular de manera clara y completa la custodia compartida. Con fijación de las pautas que permitan establecer el tipo de custodia más adecuado en cada caso; regular los supuestos de cambio de lugar de residencia del progenitor que tiene asignada la guarda de los hijos (individual o compartida); mejorar y completar la regulación sobre pago de alimentos y gastos en general, así como sobre el destino que deberá darse a la vivienda que constituía el domicilio familiar tras la ruptura.
Establecer la obligación para las partes en un proceso de familia de aportar un plan de parentalidad que regule de forma concreta y precisa el modo en que los progenitores proponen organizar el cuidado y atención de los hijos e hijas.
Paliar el vacío legal existente en relación con la ejecución de las sentencias de familia, con una regulación clara y completa.
La mejora en la comunicación entre los juzgados de familia y los juzgados penales para garantizar la seguridad de los menores en los casos de violencia doméstica o de género.
Resulta interesante destacar las múltiples cuestiones que deben ser objeto de valoración para decidir sobre la adopción o no de este sistema de custodia compartida. Dado que se trata de una Guía muy extensa me voy a referir únicamente a los criterios y cuestiones que se exponen de forma clara en los capítulos dedicados a los aspectos psicológicos y aspectos sociales, en el de la Jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo y también en el Anexo IIIque incluye una lista de criterios para la determinación del régimen de custodia.
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